Artículo quinientos noventa y siete
La Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es una función inherente al cargo de Presidente del Tribunal Supremo.
Norma publicada: 1 de julio de 1985
Resumen del Artículo quinientos noventa y siete
Artículo quinientos noventa y siete del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — La Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es una función inherente al cargo de Presidente del Tribunal Supremo.
La Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es una función inherente al cargo de Presidente del Tribunal Supremo.
Norma publicada: 1 de julio de 1985
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La Presidencia del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial es una función inherente al cargo de Presidente del Tribunal Supremo.
El artículo quinientos noventa y siete del LOPJ está vigente.
Se encuentra en la estructura: LIBRO VIII › CAPITULO I.
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